MEF aprueba incremento de salarios para servidores, directivos y funcionarios del sector público

Conozca qué regímenes recibirán el incremento en sus haberes.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy el incremento mensual (de los salarios) de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los decretos legislativos (DL) 728 y 1057, así como de las Leyes 30057, 29709 y 28091.

Cabe destacar que el DL 728 es la Ley de Fomento del Empleo; el DL 1057 es el que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS), la Ley 30057 es la Ley del Servicio Civil, la Ley 29709 es la Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria, y la Ley 28091 es la Ley del Servicio Diplomático de la República.

La medida se dispuso mediante decreto supremo (DS) 311-2022 del MEF, publicado en el diario El Peruano, el cual entra en vigencia el 1 de enero del próximo año.

Los montos

Se fija el aumento mensual aprobado para los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes antes citados en el cuadro que acompaña la nota. Se establece que en caso el ingreso mensual total que incluya el incremento aprobado en el cuadro precedente, supere el monto de 15,600 soles, el monto del aumento mensual se ajusta a dicho límite.

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Se dispone que el incremento mensual aprobado en la presente norma tiene carácter remunerativo, es de naturaleza pensionable, se encuentra afecto a cargas sociales y constituye base de cálculo para los beneficios laborales que correspondan.

Condiciones

Se determina que, para el otorgamiento del incremento mensual, se observan las siguientes condiciones:

  1. En las entidades del Gobierno Nacional y en los gobiernos regionales, los servidores beneficiarios deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del MEF.
  2. El ingreso mensual total del servidor no debe superar el monto de 15,600 soles, de conformidad con el artículo 2 del decreto de urgencia 038-2006.

Se dicta que el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los DL 728 y 1057, así como de las Leyes 30057, 29709 y 28091, dispuesto en el presente DS constituye un concepto independiente a los ingresos que perciben y se incorpora en la planilla de pagos.

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