LOS REQUISITOS PARA COBRAR LOS BONOS

Como se sabe, el Gobierno otorgará un bono extraordinario de 210 soles a los trabajadores formales del sector público y privado, que perciban una remuneración bruta de hasta 2,000 soles, indicó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Esto con el objetivo de brindar un apoyo y elevar el poder adquisitivo de los trabajadores formales de bajos ingresos, en estos últimos meses del año, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia N° 105-2021. Mediante esta norma se otorga el bono extraordinario de 210 soles, que es  de carácter excepcional y por única vez, esto es, se prevé que esta bonificación se otorgue a cada trabajador que cumpla con las condiciones previstas en el decreto de urgencia en un determinado periodo, con la finalidad de incrementar su poder adquisitivo a través del incremento de sus ingresos reales.

SECTOR PRIVADO

Los requisitos que debe cumplir el trabajador formal para ser considerado beneficiario, son los siguientes de forma concurrente:

  1. Laborar y figurar registrado, debidamente con su Documento Nacional de Identidad, en la planilla electrónica de un empleador en el sector privado en los meses de julio, agosto o setiembre de 2021.
  2. Percibir una remuneración bruta mensual mayor a cero y hasta S/ 2,000.00 (DOS MIL Y 00/100 SOLES) en el periodo que estuvo laborando y;
  3. No pertenecer a las modalidades formativas laborales o ser pensionista.

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– Para la verificación de estos requisitos se utiliza la información de la Planilla Electrónica declarada como tipo de administración privada, bajo la responsabilidad del empleador, excluyendo a las entidades del Sector Público No Financiero y del Sector Público Financiero que proporciona el Ministerio de Economía y Finanzas.

Para este sector, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma S/ 615’249,201, a favor del pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para financiar el pago del bono extraordinario.

SECTOR PÚBLICO

El personal comprendido en los alcances del artículo 15 del presente Decreto de Urgencia tiene derecho a percibir el bono extraordinario regulado en el presente Capítulo, siempre que cumpla de manera conjunta con las siguientes condiciones:

  1. Contar con vínculo laboral en la entidad respectiva, en el mes de octubre de 2021.
  2. Percibir un ingreso bruto mensual, por todo concepto, menor o igual a S/ 2 000,00 (DOS MIL Y 00/100 SOLES) al mes de octubre de 2021.
  3. Tratándose de servidores del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, deben encontrarse registrados en el mes de octubre de 2021 en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas.

Para el pago a este sector se está autorizando una transferencia hasta por la suma de S/ 52’551,240 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, para financiar el otorgamiento del bono.

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