FONAVI: NUEVO PAGO SERÁ CON CÁLCULO ACTUALIZADO

Con la nueva ley aprobada por insistencia en el Congreso hace unos días, queda en claro que el pago a los exaportantes al ya disuelto Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), serán corregidos y por consiguiente la devolución será justa para cada uno de ellos.

Tal como publicamos hace semanas, trascendió que la comisión Ad Hoc no realizó una buena labor al realizar el cálculo de devolución de los aportes, puesto que solo analizaron el periodo que abarcaba entre el 1 de enero de 1980 y el 31 de julio de 1995. Es decir, durante un periodo de 9 años, la comisión Ad Hoc ha establecido padrones sin analizar el año 1979 ni los años 1996, 1997 y 1998, dejando de lado cuatro periodos que son necesarios para tener un análisis más claro respecto a los fondos del Fonavi.

Asimismo trascendió que los fonavistas que hayan aportado los 19 años (de 1979 a 1998) con sueldo mínimo, podrían recibir la devolución de sus aportes hasta por 20 mil soles (con intereses). Sin embargo, este monto podría variar dependiendo de los años aportados y la cantidad invertida.

La fórmula de cálculo para un Periodo de Aporte la podrá encontrar en el Decreto Supremo N° 016-2014-EF.

NUEVA LEY

Como se recuerda, el pasado viernes 23 del presente mes, el pleno del Congreso aprobó por insistencia la devolución de los aportes realizados al Fonavi, estableciendo mecanismos y procedimientos para la reposición efectiva e inmediata de las aportaciones y priorizando a la población vulnerable como consecuencia del covid-19.

Según lo aprobado, este beneficio alcanzará a todos los trabajadores, dependientes e independientes, que aportaron al Fonavi, con la excepción de quienes se beneficiaron de sus recursos en un monto igual o mayor a su aporte.

Asimismo, a los descontados de sus remuneraciones y los efectuados por sus empleadores, incluido el Estado y otros.

Además, precisa que la liquidación de aportaciones y derechos es para determinar el valor constante de las aportaciones aplicando el Índice de Precios al Consumidor, y su actualización financiera empleando la tasa de interés legal, ambos correspondientes al periodo comprendido entre el inicio de cada aportación individual hasta la fecha de su devolución.

También establece que el Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (CERAD) representa el valor reconocido por la Comisión Ad Hoc a ser devuelto y además representa deuda pública con acreedor individual, tiene naturaleza de título valor negociable y de libre disponibilidad.

En las disposiciones complementarias, la norma señala que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas y con cargo a los fondos de contingencias existentes, asigne a la Comisión Ad Hoc los fondos necesarios para la devolución ordenada.

Igualmente, agrega que la ley no requiere de reglamentación y la Comisión Ad Hoc elaborará su plan operativo en un plazo de 30 días calendario.

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