Alberto Fujimori: señito baila al ritmo del ‘chino’ con estatuilla en mano

Simpatizantes a la espectativa de la excarcelación del expresidente de la República.


Gran grupo de simpatizantes fujimoristas se encuentran en el frontis del penal de Barbadillo a la espera de la salida del expresidente, Alberto Fujimori. Esto luego de que el Tribunal Constitucional resolviera dejarlo en libertad tras 16 años de permanecer preso. Ni bien se confirmó el hecho, el abogado informó que el INPE tenía que continuar con los temas de excarcelación del padre de Keiko Fujimori.

Con bailes y cánticos, padres de familia celebran esta noticia, incluso una señora portaba una estatuilla del exmandatario y la mostró para las cámaras de Latina Noticias.

Decisión histórica

En una decisión histórica, contra los excesos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y la debilidad de un juez, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundado el indulto al expresidente Alberto Fujimori. Se le llamó severamente la atención a Fernando Vicente Fernández Tapia, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, por no haber ejecutado la decisión emitida la semana pasada.

En el transcurso de las horas, el exmandatario podrá salir libre para reencontrarse con su familia, especialmente con sus hijos  Keiko y Kenji Fujimori.

Declarar fundado el recurso de reposición en el extremo de la ejecución directa e inmediata de la sentencia del 12 de marzo de 2022. Ordenan al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y el director del penal Barbadillo en el día disponga la inmediata libertad del favorecido Alberto Fujimori”, mencionó la resolución del TC.

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Un día clave

El último sábado 4 de diciembre, los magistrados Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga y Gustavo Gutiérrez Ticse habían resuelto a favor del exmandatario. Esto viene desde marzo de 2022, cuando se declaró fundado el recurso de habeas corpus presentado por el abogado Gregorio Parco.

El año pasado todo había sido bloqueado por una advertencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pero se insistió, y a pesar de que el juez Fernández Tapia decidió que sea el propio TC quien ejecute la sentencia de acuerdo al artículo 27 del Nuevo Código Procesal Constitucional, ahora se dispuso que el Instituto Nacional Penitenciario lo excarcele.

“En los procesos de habeas corpus las sentencias estimatorias las ejecuta el juez o la sala que la expidió, sin necesidad de remitir los actuados al juzgado de origen”, se menciona en esta parte.

Alberto Fujimori y sus antecedentes judiciales

Alberto Fujimori fue condenado por la Sala Penal Especial en 2009, a 25 años de prisión efectiva, y confinado en el penal Barbadillo en Ate, por los casos Barrios Altos, La Cantuta y Sótanos del SIE. Se le consideró autor mediato.

Como era reo desde el año 2005, luego de ser extraditado de Chile, su condena habría vencido en el 2032.

Luego de reuniones con Kenji Fujimori, en la Navidad de 2017 el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski le concedió el indulto y derecho de gracia por razones humanitarias. Esto habría sido a cambio de que el hermano de Keiko Fujimori y otros congresistas no voten por su vacancia en el Congreso porque se detectó que había ocultado la recepción de dinero de Odebrecht.

Sin embargo, en enero de 2018, Hugo Núñez, a la sazón juez supremo de Investigación Preparatoria, declaró que no se había cumplido con trámites médicos, y debía volver a prisión, no obstante que el indulto es una gracia presidencial que no necesita ese tipo de documentos. Dicha resolución fue confirmada en 2019 por la Sala Penal Especial, presidida por César San Martín.

Luego, el abogado Gregorio Parco Alarcón interpuso una demanda de habeas corpus ante el Tribunal Constitucional cuestionando la decisión de Núñez. Según la Constitución, el indulto es una atribución presidencial que no puede ser anulada por un juez.

La CIDH no puede intervenir

“Esa sentencia del Tribunal Constitucional tiene la autoridad de cosa juzgada, contra ella no cabe impugnación alguna. Tampoco existe una sentencia de la Corte IDH que haya ordenado que sea dejada sin efecto, potestad que no se reconoce entre las atribuciones de ese organismo ni en la Convención Americana sobre Derechos Humanos ni en su Estatuto”, dice el documento del TC.

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