COLEGIOS PRIVADOS: SEPA QUÉ PUEDEN COBRAR Y QUÉ NO

Los niños retornarán en marzo próximo a las aulas para reencontrarse con sus compañeros y maestros luego de casi 2 años de haberse suspendido la enseñanza presencial por causa del COVID-19.

Por ello es bueno detallar que los colegios privados tienen obligaciones que cumplir.

COBROS

Los únicos cobros que los colegios privados pueden realizar son los siguientes:

Cuota de ingreso. Es un pago que se realiza por única vez y corresponde solo para los nuevos estudiantes. En caso el alumno se retire de la institución educativa, este monto será reembolsado conforme a la normativa vigente.

Matricula. Se cobra una vez al inicio del año y no debe ser mayor al monto de la pensión.

Pensiones. El cobro es mensual. El pago adelantado de pensiones está prohibido.

¿OTRO PAGO?

Está prohibido el pago de cuotas extraordinarias o realizar cobros por cualquier otro concepto distinto a los estipulados como, por ejemplo, bingos, rifas, colectas, etc. En caso de suceder esta situación deberá denunciarlo ante Indecopi.

ÚTILES

Los colegios no pueden exigir todos los útiles escolares desde el primer día de clases, así como solicitar otros que no respondan a las necesidades de aprendizajes de los estudiantes. De igual forma, la institución tendrá que informar si los uniformes o materiales educativos se podrán adquirir en cualquier establecimiento, a elección del consumidor.

En cuanto a los textos escolares, éstos pueden ser nuevos o de segundo uso a diferencia de los cuadernos de tarea, trabajo o de actividades, que solo se pueden utilizar por única vez y pueden ser físicos o virtuales.

MODALIDADES

En este reinicio de clases, ¿qué tipo de servicios educativos podrán ofrecer los colegios?

Presencial. En horario regular de lunes a viernes con la presencia física del docente y los estudiantes, cumpliendo con las condiciones de bioseguridad. La jornada de clases deberá cumplir con el horario dispuesto por el Gobierno.

Semipresencial. Combinará momentos de trabajo a distancia y presencial cubriendo los 5 días de la semana.

A distancia. Este servicio se prestará de manera excepcional por casos de cambio en la condición epidemiológica establecida por el Ministerio de Salud por cuarentenas y/o condición de comorbilidades de los estudiantes.

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