Sunedu: demanda contra ley que modifica el Consejo Directivo es declarada infundada

En julio, el Pleno del Congreso aprobó la autógrafa de dicha ley que restablece la autonomía e institucionalidad de las universidades peruanas.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31520, la cual modifica el Consejo Directivo de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). 

“La demanda fue presentada por el 25 por ciento del número legal de congresistas contra la Ley 31520, Ley que reestablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; y el artículo 32 del Decreto Legislativo 1451. En razón a que contraviene la autonomía universitaria. En dicho proceso, el Tribunal Constitucional ha declarado infundada la demanda”, publicaron en la página oficial del TC.

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Es importante precisar que, en julio del 2022, el Pleno del Congreso aprobó con 72 votos a favor, 39 en contra y cuatro abstenciones, la autógrafa de dicha ley que restablece la autonomía e institucionalidad de las universidades peruanas. Esto rige en el marco del cuarto párrafo del artículo 18 de la Constitución Política, a través de la modificación de los artículos 1, 12, 15, 17 y 20 de la Ley Universitaria.

Asimismo, en agosto del mismo año, Jeri Ramón, rectora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) invitó a través de un oficio a Américo Guevara, presidente de la Asociación de Universidades Nacionales del Perú (Aunap), al acto de entrega de credenciales de los dos rectos elegidos como representantes para integrar el Consejo Directivo de la Sunedu.

“En cumplimiento a lo previsto en la Ley 31520, aprobada y promulgada por el Congreso de la República, la suscrita rectora de la UNMSM, organizó la respectiva reunión de Rectores de Universidades Públicas para proceder a la elección de los dos miembros que integrarán el Consejo Directivo de la Sunedu, hecho acontecido en sesión del viernes 19 de agosto del año en curso”, se lee en el documento.

Además, el TC también declaró infundada la demanda de conflicto competencial presentada por el Gobierno Regional de Ica (Expediente Nº 00002-2022-PCC/TC) contra el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) en relación a la negociación colectiva entre el Sindicato de Obreros Mineros de Shougang Hierro Perú y Anexos.

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