PLENO INTERPELARÁ ESTE JUEVES 25 DE NOVIEMBRE A JUAN SILVA VILLEGAS


El Pleno del Congreso sesionará este jueves 25 desde las 09:00 horas con el fin de llevar a cabo la interpelación del ministro de Transportes y Comunicaciones, Juan Francisco Silva Villegas.

Se trata de la Moción de Orden del Día 1057, cuyo pliego interpelatorio consta de 41 preguntas.

Entre las interrogantes que Silva Villegas deberá responder están las referidas a irregularidades que se vienen cometiendo en su sector, entre ellas la reestructuración anunciada en la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Cargas y Mercancías (Sutran) y la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao (ATU).

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Asimismo, la cuestionada designación de funcionarios como la del viceministro de Comunicaciones y de la directora ejecutiva de Provías Descentralizado, Carlos Sotelo y Luz Angélica Apolinario, respectivamente.

OTRAS MOCIONES

En la agenda de las sesiones convocadas para esta semana también figura la Moción de Orden del Día 1140, que propone que el Parlamento censure a la tercera vicepresidenta de la Mesa Directiva del Congreso de la República, Patricia Chirinos Venegas.

El documento fue presentado por los congresistas de la bancada Perú Libre y de Juntos por el Perú.

Además, está previsto que se consulte la admisión de las mociones 1132 y 1135, que proponen la interpelación del ministro de Educación, Carlos Alfonso Gallardo Gómez, presentadas por las bancadas de Avanza País, Fuerza Popular, Renovación Popular, Alianza Para el Progreso, Podemos Perú y Somos Perú.

Como se recuerda, en la sesión del Pleno del 18 de noviembre de 2021 se dieron cuenta de ambas mociones.

Cabe indicar que el artículo 83 del Reglamento del Congreso señala que para la admisión de la moción de interpelación se requiere el voto de por lo menos el tercio de congresistas hábiles, y la votación se efectúa indefectiblemente en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción.

“El Pleno del Congreso acuerda día y hora para que los ministros contesten la interpelación, lo que les será comunicado con anticipación, acompañando el pliego respectivo. La interpelación no puede realizarse, en ningún caso, antes del tercer día siguiente a la votación ni después del décimo. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial”, indica el Reglamento.

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