MTC amplía cobertura del SOAT y del CAT

En sus beneficios a afectados por accidentes.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) amplió la cobertura de los beneficios del Fondo de Compensación del SOAT y del CAT, a través del cual se indemniza a las víctimas en los casos de accidentes de tránsito causados por vehículos motorizados que no han sido identificados y cuyos conductores se dieron a la fuga.

La ampliación se dio a través de la modificación del Reglamento que entró en vigencia el 19 de noviembre de 2022, mediante el Decreto Supremo Nº 017-2022- MTC. El objetivo de la modificación es elevar el nivel de protección creado para amparar a las víctimas o a sus familiares. Para ello, se adicionan las coberturas de indemnización por fallecimiento, invalidez permanente o por incapacidad temporal, según sea el grado de afectación.

Indemnizaciones

Respecto a los accidentes ocurridos a partir del 19 de noviembre de este año, las coberturas de indemnizaciones se atenderán de la siguiente manera:

  • Indemnización por fallecimiento de la víctima: Íntegro 4 UIT (S/18,400, año 2022)
  • Indemnización por invalidez permanente: Hasta 4 UIT (S/18,400 año 2022) –
  • Indemnización por incapacidad temporal: Hasta 1 UIT (S/4,600 año 2022)

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Los beneficios que otorga el Fondo únicamente pueden ser solicitados dentro del plazo de un año, el mismo que se contará a partir de la fecha indicada en el cargo de la comunicación por escrito que los establecimientos de salud realicen a la víctima o a sus familiares.

Cómo acceder

Para acceder al beneficio se debe reportar el caso a través del formulario Fondo SOAT y CAT, ingresando al siguiente enlace: fondosoatycat.mtc.gob. pe/solicitud y adjuntando la denuncia policial para que sea evaluada. El trámite es gratuito y se puede acceder virtualmente a nivel nacional. De ser aprobado el caso, el beneficiario deberá presentar la documentación en la sede principal del MTC, ubicada en el jirón Zorritos 1203, en Cercado de Lima, y en los Centros Desconcentrados Territoriales (CDT) que se encuentran en las principales ciudades.

Reembolso

Para las solicitudes de reembolsos por gastos médicos y/o sepelio, es posible presentar la documentación en forma virtual siempre y cuando los comprobantes que sustentan el gasto sean electrónicos. Las indemnizaciones podrán ser solicitadas por la víctima o por el cónyuge, hijos menores de 18 años, o mayores de edad incapacitados, hijos mayores de 18 años, padres, hermanos o familiares del primer o segundo grado de afinidad, según orden de precedencia.

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