Más de 200 venezolanos son expulsados del país

Comienza la expulsión de ciudadanos extranjeros. Según informó un canal local, los más de 200 ciudadanos venezolanos que fueron detenidos hace unos días, mientras eran partícipes de una fiesta en San Juan de Lurigancho, serían deportados en las próximas horas.

De acuerdo al informe presentado por Latina, la mayoría de ciudadanos ‘llaneros’ ingresó por la vía ilegal al país. Del total, unas 131 personas de este grupo de venezolanos (entre hombres y mujeres) ingresaron al país de manera clandestina, mientras que otros 44 tienen la permanencia vencida. También hay varios requisitoriados por la Interpol.

Según se detalló, de los 211 extranjeros intervenidos, 107 varones y 98 mujeres (205 en total) serían expulsados del país. Incluso uno de los intervenidos, que responde al nombre de José Ortiz Mayta, estaba requisitoriado por matar a una persona en Satipo. Asimismo hay otro detenido que está con orden de captura por parte de la Interpol.

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El citado medio reportó que serían cuatro aviones los que trasladarían a estos venezolanos de regreso a su país. Como se recuerda, el pasado 8 de agosto, agentes del Escuadrón de Emergencia de la Policía Nacional del Perú (PNP) intervinieron a 211 extranjeros al interior de una discoteca ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho.

NUEVA LEY

Como detallamos ayer, el Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de Ley con el cual se reglamentarían los casos por los cuales los ciudadanos extranjeros podrán ser expulsados del país.

La norma busca ampliar los alcances de las medidas y sanciones administrativas y penales, siendo su público principal los venezolanos. La modificación será en los artículos 54 y 58 del citado decreto legislativo, pero es en el último que se señala los causales para que los extranjeros sean deportados.

La modificación se dará con el agregado de nuevos motivos para la expulsión, como serán:

I. Por la contravención a las disposiciones sanitarias (cumplir con la vacunación requerida). J. Por no portar documento de identidad o poseer una falsa. (…)

L. Por hallarse en su poder armas de fuego o explosivos sin autorización. LL. Por hallarse en su poder drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas.

M. Por hallarse a bordo de un transporte motorizado de delivery sin acreditar permiso y autorización de la autoridad competente.

N. Por hallarse conduciendo vehículo sin acreditar la titularidad y/o cesión del mismo.

Asimismo, en la modificación del artículo 368 del Código Penal – Decreto Legislativo 635, se señala que el que se resista a la medida de expulsión, será reprimido con una pena de cárcel no menor de cinco ni mayor de ocho años.

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