MAR DE BOLIVIA, LAGUNA POLÍTICA Y PRESIDENTE AHOGÁNDOSE

Sin duda las expresiones del presidente sobre la salida al mar por nuestro territorio a favor de Bolivia, se refiere a lo señalado por el artículo 32° de la Constitución sobre la Consulta popular por referéndum; pero, entiéndase que el último párrafo señala que “No pueden someterse a referéndum la supresión o la disminución de los derechos fundamentales de la persona, ni las normas de carácter tributario y presupuestal, ni los tratados internacionales en vigor.”

Entiéndase que tenemos vigente el Tratado Polo-Sánchez Bustamante de Rectificación de Fronteras firmado entre Bolivia y Perú en La Paz, el 17 de septiembre de 1909, por el ministro plenipotenciario del Perú, Solón Polo, y el Ministro de Relaciones Exteriores de Bolivia, Daniel Sánchez Bustamante. Por ende, ¡no cabe ser sometido a referéndum la intención del Profesor Castillo!

Que por allí se deslice traición a la Patria por el actual presidente peruano, profanos del Derecho indican al Atentado contra la integridad nacional del artículo 325° en el Código Penal: “El que practica un acto dirigido a someter a la República, en todo o en parte, a la dominación extranjera o a hacer independiente una parte de la misma, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años.” Es menester aclarar que se preceptúa claramente “practica un acto” y para que se tenga el tipo objetivo debe ser una ejecución ¡no una intención¡ (a menos que se modifique la normativa penal y se configure la apología).

Que se apunte la puesta en escena de la acusación presidencial, debo recordar al artículo 117° de la Constitución respecto a la excepción a la inmunidad presidencial: “El Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su período, por traición a la Patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.”

Claro que, debemos de pagar los bochornos expresivos o faltos de elocuencia del gobernante y no debería sobresaltarnos… ya escuchamos anteriores presidentes como Fujimori, Alan García, Humala y demás, expresarse insosteniblemente claudicantes de nuestra lengua con exabruptos semánticos y sintácticos.

No nos distraigan los grandes intereses de lo que ha pasado y es responsable REPSOL. Si de algo podría tomarse en cuenta legalmente en contra del Profesor Castillo sería la vacancia moral.

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