FONAVI: YA PUEDE RECOGER SU CERTIFICADO DE APORTES

Atención aportantes del Fonavi: alístese a recibir su Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos (CERAD), ya que se pudo conocer que de todas maneras esta semana se instalará la nueva Comisión Ad Hoc, cuya una de sus tareas es elaborar y entregar estos documentos, que son fundamentales para que usted sea reconocido como fonavista y, donde además, se detallará el monto exacto que cobrará.

Por lo pronto, a media semana se estaría instalando la flamante Comisión con solo cuatro de sus siete miembros, dado que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) no ha manifestado palabra alguna para designar a sus funcionarios para la labor que hace justicia con millones de peruanos.

Trascendió que la Comisión Ad Hoc se instalará el miércoles 18 ante la presencia de un notario, que acredite que aunque no hay miembros del MEF, sí está presente el funcionario de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y los tres de Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenafp), sumando el número necesario de miembros para que comiencen sus funciones.

Tras la instalación, la Comisión comenzará a redactar los CERAD para cada fonavista que ya se encuentre registrado. Se detallarán los datos del beneficiado y el monto, así como los plazos, del dinero que se le pagará. Luego de esta labor, se le solicitará al Gobierno que entregue el dinero necesario para comenzar a pagarle a los fonavistas.

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CÁLCULO

Como se recuerda, el Congreso de la República promulgó la ley que asegura la implementación y ejecución de la devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia del COVID-19.

Mediante Ley 31454, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se señala que esta norma tiene como objeto asegurar la implementación y ejecución inmediata de la Ley 31173, la cual garantiza el cumplimiento de la Ley de Devolución de Dinero del Fonavi.

La norma se refiere al valor constante de las aportaciones aplicando el índice de precios al consumidor correspondiente al periodo comprendido entre el inicio de cada aportación individual hasta la fecha de su devolución.

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