Fonavi: serán unos S/ 6,600 millones los que se repartirán entre los exaportantes

Conoce cuánto te tocaría recibir.

Constitucional (TC), son muchos los exaportantes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) que se preguntan acerca de cuánto les tocará ahora.

Esto debido a que no serán los aproximadamente S/ 20 mil millones de soles que se tenía pensando devolver, de haberse considerado en el pago, lo aportado por el Estado y la empresa privada.

Con esta nueva situación serían alrededor de S/ 6 mil 600 millones el monto para reintegrar a los fonavistas.

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Según reveló en una emisora local el presidente de la Asociación de Consumidores y Usuarios de Seguros (Acuse), Gabriel Bustamante, cada exaportante sería acreedor de  entre S/ 3,300, monto que, según señaló, es sumamente inferior a lo que se tenía previsto.

Demandas

Al respecto, Jorge Milla, dirigente de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf), criticó la sentencia del TC, dado que ya con anterioridad se había dejado en claro que el dinero era privado y que le pertenecía a los fonavistas.

El TC tenía que mantenerse en lo que ya había establecido, pero sorpresivamente ahora dice que el aporte del empleador no se tiene que devolver. Entonces, ¿qué pasa con ese aporte que es privado?, ¿dónde queda?, ¿quién se lo agarra? Eso es un robo. Es inconcebible, no se puede permitir”, señaló en un medio local.

En cuanto a las medidas que tomarían, Milla señaló que estaría presentando una acusación constitucional contra los magistrados del TC, ya que al ser dinero privado, el Estado no puede apropiarse del mismo sin un proceso judicial, mandato de ley y que además se debe dar una indemnización, lo cual se contempla en el artículo 70 de la Constitución Política del Perú.

Asimismo dejó abierta la posibilidad de que se vaya a instancias internacionales, precisamente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pues se estaría vulnerando el derecho a la propiedad de casi dos millones de peruanos.

Sentencia

Como se recuerda, el TC emitió un criticado fallo fundamentando su resolución en el hecho de que es el Poder Ejecutivo la instancia llamada a administrar las reservas de contingencia del Presupuesto Público. En tal sentido, considera que si otra entidad se encargara de ello, se afectaría a la administración de la hacienda pública.

Señala, asimismo, que la participación del Ejecutivo en medidas vinculadas al gasto público tiene directa relación con la necesidad de evitar que se rompa el equilibrio presupuestal y con el cumplimiento de lo señalado en la Constitución respecto a que el Congreso no tiene iniciativa de gasto público.

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