FONAVI: DOCUMENTOS CLAVES PARA COBRAR


Son dos los documentos claves para poder recuperar los aportes realizados a lo largo de su vida laboral al Fondo Nacional de Vivivenda (Fonavi) y estos están al alcance de la mano y son gratuitos, el primero es el Formulario N° 1 de Inscripción al proceso de Devolución del Fonavi (que incluye los datos de identificación e historial laboral), y el segundo es Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (Cerad).

Ambos documentos servirán para confirmar los aportes que ha realizado y cuánto le corresponde recibir  tras el proceso de cálculo actualizado con el Índice del Precio al Consumidor.

FORMULARIO 1

El llamado formulario 1  es el registro de la Historia Laboral declarado a la Comisión Ad Hoc, tiene carácter de Declaración Jurada. Se puede registrar mediante los canales implementados por la Secretaría Técnica para la presentación del Formulario N° 1.

Si usted aún no ha presentado el Formulario N° 1, puede realizarlo a través de la página web www.fonavi-st.gob.pe, marcando los botones ‘Regístrese en el SIFONAVI’ y, al concluir, el de ‘Registro de Periodo Laboral – F1’.

FINAL DEL PROCESO

El Formulario N° 1 puede ser descargado en la página web de la Secretaría Técnica: www.fonavi-st.pe, sección “DESCARGA DE FORMULARIOS” “Formulario Nro. 1 Para Fonavistas”.

Si usted se identificó como potencial fonavista con su DNI no implica que ha cumplido con este requisito. Es el primer paso, pero debe culminar el procedimiento con la presentación del Formulario N° 1, registrando su Historial Laboral, por cualquiera de los canales implementados por la Secretaría Técnica.

EL CERAD

Cada exaportante al liquidado Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) deberá tramitar y recibir un nuevo Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (Cerad).

El Cerad contiene el tipo y número de documento de identidad del Fonavista Beneficiario; los apellidos y nombres del fonavista beneficiario.

Así también se incluye la cantidad de periodos verificados, tomados para el cálculo de la devolución; el monto en Soles, a devolver al Fonavista Beneficiario, así como la firma del presidente de la Comisión Ad Hoc.

Este nuevo Cerad, cuando es emitido, se notificará en el domicilio del Fonavista declarado en el Formulario 1, y traerá por consiguiente el monto con el nuevo cálculo realizado por la también nueva Comisión Ad Hoc.

DESACUERDO

Según se señala en la web de la Secretaría Ténica del Fonavi, un fonavista que no esté de acuerdo con el monto que se le dé, puede interponer recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, del CERAD.

Si bien hasta el 2019 se podía hacer el trámite de forma presencial, ante la situación que se vive ahora por la pandemia, todas sus consultas las debe hacer a través de la Central Telefónica de Atención al Fonavista 640-8655 de Lunes a Viernes de 8 de la mañana a 6 de la tarde o al correo electrónico [email protected]

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