TRÁMITES PARA EL NUEVO REJA

El dictamen que debatirá en breve el pleno del Congreso que propone la jubilación anticipada a los 50 años va camino a volverse una realidad, por lo cual muchos afiliados a una AFP podrán optar por los caminos de elegir entre una pensión o la devolución del 95.5% de sus fondos acumulados.

Ante esa situación muchos lectores se deben preguntar cómo procederá esta nueva figura que beneficia a los aportantes al Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Si bien en el proyecto se señala que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) debe dar a conocer el procedimiento operativo máximo a los 15 días de entrada en vigencia la futura ley, se puede dar por descontado que solo variará en cuanto a la edad que contempla el actual procedimiento.

PROCEDIMIENTO

Según señala la SBS para acceder a este régimen, debes cumplir estos requisitos:

– Haber cumplido los 50 años en caso de mujeres y 55 en varones, como es actualmente. Tras la aprobación de la ley, solo bastará en ambos caso haber cumplido los 50 años.

– Que tu fondo te permita acceder a una pensión igual o mayor al 40% del promedio de las remuneraciones.

– Contar, por lo menos, con 72 meses de aportes en los últimos 120 meses anteriores a la solicitud del beneficio.

Para determinar el promedio de tus remuneraciones, se toma en cuenta lo siguiente:

– Las remuneraciones efectivamente percibidas y declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas por inflación deduciendo las gratificaciones de julio y diciembre.

Si has realizado aportes voluntarios con o sin fin previsional:

– Se consideran todos los aportes cuya permanencia en la CIC exceda los 9 meses.

– Si su permanencia es menor a 9 meses, solo se consideran siempre que estos representen hasta el 20% de la cuenta de aportes obligatorios.

SOLICITUD

En caso te animes al trámite, primero deberás validar tu situación en la AFP en la que estés afiliado. Para ello te damos a conocer los número de contacto de cada administradora o si deseas, puedes contactarlas por las redes sociales o página web.

Tras ello la AFP que maneja tu dinero deberá programarte una cita para que comuniques tu decisión a través del “Formato de decisión de opción de retiro y/o pensión”.

Para continuar con el proceso deberás presentar la documentación que te soliciten y firmar la solicitud de jubilación para formalizar tu trámite.

Las AFP señalan que en caso solicites el 95.5% de tu cuenta de capitalización, el 4.5% restante quedará para la cobertura por las prestaciones de salud que brinda EsSalud.

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