ONP: SALIÓ EL CRONOGRAMA DE PAGO DEL 2022

Atención. Estimado jubilado, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó y dio a conocer el cronograma anual mensualizado para el pago de las pensiones de la ONP, de las leyes N°20530 y N°19990, en la administración Pública que se aplicará durante el próximo año.

Mediante resolución viceministerial 004-2021-EF/52.01, publicada en el diario El Peruano. Se confirma la autorización del pago de las pensiones financiadas con cargo al presupuesto de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

PAGOS

En los considerandos de la norma, se señala que la aprobación del citado cronograma de pagos, a parte de la ONP, también incluye los sueldos del sector público. Tiene por finalidad contribuir a una mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones del Estado. Por parte de las unidades ejecutoras del gobierno nacional y de los gobiernos regionales, así como a una mejor atención en este aspecto a los trabajadores y pensionistas del sector público.

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En la presente resolución se detalla el cronograma antes mencionado en los siguientes anexos (ver más adelante):

a) Anexo 01: cronograma de pagos anual mensualizado de remuneraciones para el año fiscal 2022. A cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.

b) Anexo 02: cronograma de pagos anual mensualizado de pensiones (DL 20530) para el año fiscal 2022. A cargo de las unidades ejecutoras de los pliegos del gobierno nacional y gobiernos regionales.

c) Anexo 03: cronograma de pagos anual mensualizado de pensiones (DL 19990) para el año fiscal 2022. A cargo de la ONP.

AGUINALDOS

Se fija que las obligaciones relacionadas con la bonificación por escolaridad y los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los anexos del referido cronograma, en los meses que corresponda.

Se determina que la atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago de remuneraciones y/o pensiones. Esto se refiere a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones (Régimen Laboral 728), indemnizaciones o similares. Se efectúan en las fechas u oportunidad que señala la legislación aplicable.

Aquellas unidades ejecutoras que cuentan con personal del régimen 728 pueden realizar el pago de los conceptos de remuneraciones y gratificaciones de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender dichos conceptos.

CRONOGRAMA

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