FONAVI: LOS PRIMEROS EN COBRAR

Tras la aprobación por insistencia del Congreso la Ley Nº 31173, muchos fonavistas quieren saber si estarán dentro de los primeros grupos que recibirán el total de sus aportes. Sin embargo, es bueno conocer lo que dice la nueva norma aprobada.

En su primer artículo, la norma señala que “tiene como objeto garantizar el cumplimiento de la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, y la devolución efectiva e inmediata de las aportaciones que realizaron los trabajadores, priorizando a la población vulnerable como consecuencia de la pandemia de la covid-19”.

ADULTOS MAYORES

Por consiguiente, serán los adultos mayores más vulnerables por la edad, quienes recibirán primero su dinero. Luego irá pagando por orden decreciente.

Sin embargo, según se supo, la nueva Comisión Ad Hoc priorizará el pago de aquellos que aún no han podido cobrar ni siquiera el adelanto de 10 soles por mes.

Además, se incluirá también a aquellos que han sido golpeados por la crisis económica debido a la pandemia de la covid-19.

LIQUIDACIÓN

La reciente ley también precisa la liquidación de aportes y derechos. Al respecto, señala que la liquidación se efectúa para determinar el valor constante de las aportaciones, aplicando el índice de precios al consumidor, y su actualización financiera, empleando la tasa de interés legal, respecto del período comprendido entre el inicio de cada aportación individual hasta la fecha de su devolución, detalla un informe legal de la Cámara de Comercio de Lima.

INMUEBLES

La Ley 31173, de igual modo, establece que los posesionarios de inmuebles con recursos del Fonavi y beneficiarios que adeuden al fondo, podrán cancelar sus deudas en forma fraccionada hasta en 10 años. Si el pago es al contado, tendrá un descuento del 25%. Para calcular la deuda se considerará el capital invertido por el fondo para adquirir el terreno o el valor de la construcción, más el interés legal desde la fecha de entrega del inmueble o el vencimiento del crédito y la fecha del acuerdo de pago.

Agrega que la ley aprobada no requiere de reglamentación, encargando a la Comisión Ad Hoc la elaboración del plan operativo en el plazo de 30 días calendario a partir de la publicación de la ley.

Mientras que, el plazo para acogerse a sus disposiciones se inicia al día siguiente de la aprobación y publicación de los lineamientos de gestión emitidos por la Comisión Ad Hoc del Fonavi, y finaliza a los tres años de publicada la norma.

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