FONAVI: EL JUEVES SE APROBARÁ SU DEVOLUCIÓN TOTAL

Por: José M. Carmen

El presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Anthony Novoa, afirmó a EXTRA que el jueves el pleno debatiría y aprobaría el dictamen que establece la devolución total de su dinero a los trabajadores que aportaron al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

“Creo que la presidenta del Congreso debe asumirlo (el debate del dictamen) de una vez, por eso esperamos que en la próxima sesión se vea el tema del Fonavi (…) Los plenos son los jueves, así que el próximo jueves esperamos que ya podamos debatir este punto”, afirmó.

No obstante, Novoa no ocultó su preocupación por el hecho de que tenga que insistir a la Mesa Directiva para que se apruebe esta propuesta, cuando ya el proyecto está en la agenda del Pleno, y solo depende de que la titular del Parlamento, Mirtha Vásquez, ponga a debate este tema.

LA NORMA

El dictamen del Congreso plantea la devolución total de su dinero a todos los aportantes del Fonavi, para lo cual proponen diversos métodos e instancias.

La propuesta del Parlamento busca modificar la conformación de la Comisión Ad Hoc del Fonavi, que estuvo a cargo desde el 23 de febrero de 2011, de elaborar los padrones de devolución de los fonavistas.

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Al ser reestructurada, se tendría que establecer un nuevo padrón. A través de esta medida, se debería ejecutar un nuevo cálculo de lo que aportó cada fonavista, para que pueda recibir una retribución completa.

OBLIGACIÓN

Cabe precisar que sobre la posición que emitió en su momento el Tribunal Constitucional (TC) respecto al Fonavi, y la necesidad de que se devuelva totalmente los aportes, como lo señalan en el expediente 0008-2017-PI/TC, en los numerales 47 y 49, donde se resalta que la devolución debe ser calculada de forma individual.

“La liquidación de aportaciones y derechos, y la conformación de la cuenta individual de aportes por cada beneficiario, se efectuará en función a los periodos de aportación que se determinen para cada beneficiario, correspondiendo a cada periodo aportado el resultado de dividir el total de los recursos a devolver entre la cantidad de beneficiarios multiplicado por el promedio de periodos aportados”, se lee en el punto 47 de este expediente.

En el punto 49, se detalla que “Efectivamente, de la norma se deriva que: 1) Debe devolverse el total actualizado de los aportes que fueron descontados a los trabajadores; 2) La actualización del valor de las contribuciones señaladas se llevará a cabo aplicando la Tasa de Interés Legal Efectiva vigente durante todo el período comprendido desde junio de 1979 hasta el día y mes que se efectúe la Liquidación de la Cuenta Individual”.

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