EL CERAD TE DICE CUÁNTO TE PAGARÁN

Son muchos los fonavistas que esperan que en los próximos días el gobierno de Pedro Castillo por fin se pronuncie sobre la devolución de aportes, medida que es postergada desde hace ya casi dos años.

El dinero que han recibido muchos de ellos, no representa exactamente lo que les corresponde.

Esta incertidumbre de no saber, además, de cuánto recibirán, afecta la salud de muchos fonavistas que han visto en esta devolución una oportunidad para afrontar esta pandemia. Por ello, es bueno conocer que el monto exacto se reflejará en el Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (CERAD), documento que debe ser entregado por la nueva Comisión Ad Hoc, para la retribución del dinero a los exaportantes.

INTERESES

En el artículo 4 de la Ley 31173, se precisa que el CERAD “representa el valor reconocido por la Comisión Ad Hoc a ser devuelto y además representa deuda pública con acreedor individual, tiene naturaleza de título valor y de libre disponibilidad”.

Asimismo “reditúa una renta igual a la tasa de interés legal. En caso de incumplimiento del pago de la cancelación del CERAD, se incrementará una tasa de interés moratorio. El MEF programará las provisiones para el cumplimiento de las obligaciones. El CERAD será redimido al quinto año posterior a la fecha de la emisión”. El monto a devolver, además, es respaldado por la sentencia del TC, de noviembre de 2018.

DEUDAS

Cabe anotar, de otro lado, que la Ley 31173 además establece que los posesionarios de inmuebles con recursos del Fonavi y beneficiarios que adeuden al fondo, podrán cancelar sus deudas en forma fraccionada hasta en 10 años. Si el pago es al contado, tendrá un descuento del 25%.

Para calcular la deuda se considerará el capital invertido por el fondo para adquirir el terreno o el valor de la construcción, más el interés legal desde la fecha de entrega del inmueble o el vencimiento del crédito y la fecha del acuerdo de pago.

Agrega que esta norma no requiere de reglamentación, encargando a la Comisión Ad Hoc la elaboración del plan operativo en el plazo de 30 días calendario a partir de la publicación de la ley.

Mientras que, el plazo para acogerse a sus disposiciones se inicia al día siguiente de la aprobación y publicación de los lineamientos de gestión emitidos por la Comisión Ad Hoc del Fonavi, y finaliza a los tres años de publicada la ley.

Es bueno detallar que la Ley 31173 aún espera a que el Tribunal Constitucional determine si procede o no, dado que el Gobierno presentó una demanda en su contra.

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