BONO FAMILIAR HABITACIONAL: ASÍ TE GANAS S/ 27,600

Como informamos hace unos días, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) autorizó la transferencia de 523 millones 618,172 soles a favor del Fondo Mivivienda para la entrega del Bono Familiar Habitacional a cerca de 18,900 familias, con la finalidad de que puedan construir sus casas.

Mediante Resolución Ministerial Nº 021-2022-Vivienda, publicada en el diario oficial El Peruano, se aprobó la transferencia de recursos para financiar dichos bonos del programa Techo Propio, en la modalidad de Construcción en Sitio Propio.

BONO

El Bono Familiar Habitacional es un subsidio directo que otorga el Estado a una familia de manera gratuita, en el marco del Programa Techo Propio del Fondo Mivivienda, y en el caso de la modalidad de Construcción en Sitio Propio, el bono es de 27,600 soles.

La norma también dispuso la publicación de la presente resolución ministerial en el portal institucional del MVCS (www.gob.pe/vivienda).

REQUISITOS

El Bono Familiar Habitacional para Construcción en Sitio Propio está dirigido a las familias cuyos ingresos mensuales no superen los 2,706 soles y cuenten con un terreno inscrito en Registros Públicos sin cargas ni gravámenes.

Además, no deben tener otro terreno o vivienda a nivel nacional.

Para conseguir su inscripción es necesario que esté vigente una convocatoria del programa Techo Propio, y que las familias dispongan de un ahorro cuyo monto dependerá de su capacidad de pago y de los valores de producción de las viviendas en las distintas regiones del país, pero que debe ser de al menos 0.023 UIT (105.8 soles).

¿QUÉ ES?

La modalidad de construcción en sitio propio es la modalidad del Programa Techo Propio dirigida a las familias que tienen un terreno propio o aires independizados inscritos en Registros Públicos, sin cargas ni gravámenes, para construir su vivienda.

La ejecución de las obras de construcción está a cargo de una Entidad Técnica (ET) autorizada por el Fondo Mivivienda.

Si deseas participar en esta modalidad, debes ser propietario del predio sobre el cual se ejecutará la construcción y no ser propietario de otro terreno, aires u otra vivienda.

Debes tener un terreno inscrito en Registros Públicos sin cargas ni gravámenes y no contar con otro terreno o vivienda a nivel nacional.

Debe estar vigente una Convocatoria en la provincia donde tienes tu terreno para que puedas inscribirte al Programa.

Una vez inscrito en el Programa, debes elegir una ET autorizada por el Fondo Mivivienda para construir la vivienda.

Debes firmar Contrato de Obra con la ET que elijas. No olvides exigir una copia del contrato para conocer tus derechos y deberes, así como los de la Entidad Técnica.

La construcción de la vivienda inicia una vez que se desembolsa el Bono a la Entidad Técnica.

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