BONO CHAMBA: ASÍ SERÁ EL PAGO DE ESTE INCENTIVO PARA TRABAJADORES

El pago del bono extraordinario de 210 soles para los trabajadores del sector privado que tengan un ingreso máximo de S/ 2,000 mensuales, se realizará a través de EsSalud y se podrá hacer efectivo hasta fines de marzo próximo.

Como informamos en EXTRA, desde la web de Essalud (https://bono210.essalud.gob.pe/#/consulta) se puede averiguar si los trabajadores formales son beneficiarios del bono.

REQUISITOS

El monto del bono extraordinario percibido por el trabajador no altera el monto de la remuneración laboral a la que tiene derecho, así como la declaración, cálculo y pago de los beneficios laborales, tributos, aportes o contribuciones previstas en el ordenamiento legal.

El bono de 210 soles se otorga por única vez a favor de los trabajadores formales del sector privado que cumplen los siguientes requisitos

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  1. Laborar y figurar registrado, debidamente con su Documento Nacional de Identidad, en la planilla electrónica de un empleador en el sector privado en los meses de julio, agosto o setiembre de 2021.
  2. Percibir una remuneración bruta mensual mayor a cero y hasta 2,000 soles en el periodo que estuvo laborando y;
  3. No pertenecer a las modalidades formativas laborales o ser pensionista.

EL PAGO

Sobre el proceso de pago, es bueno conocer que el Ministerio de Trabajo remite a EsSalud el padrón de trabajadores beneficiarios del bono. La finalidad es efectuar el pago del bono extraordinario.

El otorgamiento del bono extraordinario se realiza a través del Banco de la Nación, así como de todas las demás empresas del sistema financiero y empresas de dinero electrónico del país, por medio de sus canales de atención, pudiendo inclusive usar tarjetas.

EsSalud podrá requerir el servicio Cuenta Documento Nacional de Identidad (Cuenta DNI) del Banco de la Nación para gestionar el pago del bono extraordinario. Se realizará con cargo al presupuesto institucional del Banco de la Nación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

EsSalud establece los mecanismos y/o criterios de selección de las cuentas suministradas por las empresas del sistema financiero y/o empresas emisoras de dinero electrónico, a fin de efectuar el pago del bono extraordinario.

CUENTAS

Las empresas financieras, incluo el Banco de la Nación y las emisoras de dinero electrónico pueden abrir cuentas, masiva o individualmente, a nombre de los trabajadores beneficiarios identificados por EsSalud. Esto sin necesidad de la celebración previa de un contrato y su aceptación por parte del titular.

Las empresas del sistema financiero y las empresas emisoras de dinero electrónico pueden compartir con EsSalud información de identificación de la cuenta o cuentas prexistentes de los trabajadores beneficiarios, incluyendo el Código de Cuenta Interbancario (CCI); lo cual está exceptuado del alcance del secreto bancario.

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