AFP: CONOZCA LOS PASOS A SEGUIR PARA SACAR HASTA 4 UIT

El Congreso de la República dejó listo para su promulgación por parte del Poder Ejecutivo el proyecto de ley que autoriza el retiro extraordinario de los Fondo Privado de Pensiones (AFP) hasta por cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/ 18,400.

La propuesta legal aprobada permite –de manera extraordinaria– a los afiliados a las Administradoras de AFP a retirar, de manera facultativa, hasta cuatro 4 UIT del total de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización.

EL TRÁMITE

Para este efecto, los afiliados presentarán sus solicitudes de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.

Asimismo, se abonará hasta una UIT cada 30 días calendarios, realizándose el primer desembolso a los 30 días calendario de presentada la solicitud ante la AFP a la que pertenece el afiliado.

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Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entre gado en el tercero. En caso de que el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo por única vez a la AFP diez días calendarios antes del desembolso.

INTANGIBLE

“El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o de cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados”, señala la norma.

Lo señalado en la presente disposición no se aplica las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de un 30% de lo retirado.

En su disposición complementaria final única, se señala que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones determina, mediante reglamento, el procedimiento operativo de un plazo que no excederá de 15 días calendarios de publicada la ley, bajo responsabilidad de su titular.

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