¿DEBO PAGAR IMPUESTO PARA COMPRAR UN AUTO?

Doctor, deseo adquirir un coche del 2010 a S/ 13,000 soles, me dicen que debo pagar un impuesto de transferencia por el banco y presentar la declaración del impuesto anual. ¿Es cierto?

RESPUESTA: En su caso no, para realizar la transferencia de un vehículo es recomendable que tanto comprador como vendedor acudan a una notaría para formalizar el acta de transferencia vehicular tomando en cuenta los siguientes requisitos: a. Comprador y vendedor deberán presentarse en la notaría con sus DNI originales y en regla; b. Si el vehículo que se va a transferir es propiedad de una sociedad conyugal, deberán presentarse los dos integrantes en la notaría; c. Se deberá presentar el original de la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV). El nuevo dueño recogerá unos días después la tarjeta que el antiguo propietario deberá entregar; d. Se deberá acreditar el pago del Impuesto Vehicular si el vehículo cuenta con una antigüedad no mayor de tres años; e. Se deberá presentar el original y copia del Seguro de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente. En su caso no debe acreditar el impuesto anual por tener más de tres años de antigüedad.

Sobre el pago del Impuesto a la Trasferencia financiera vehicular regulado por la Ley N° 30730 de Bancarización, es por la tasa del 0.005%, y cuando el monto sea igual o superior a 3 UIT (S/ 13,250). Si la compra es por S/. 13,199.00, en ese caso está exonerado a dicho pago y pueden consignar una cláusula de “el Comprador canceló íntegramente en dinero y al contado, en la fecha de suscripción de la presente y sin más constancia que las firmas de las partes puestas en él”. En este caso el Notario no le exigirá el váucher bancario de pago.

Los gastos notariales bordean los S/. 400.00. El costo de la tasa registral para una transferencia vehicular es de S/ 100.00 y el plazo de calificación puede ser hasta de siete (7) días hábiles. Es recomendable que el vendedor del vehículo se encargue de dejar todos los papeles en regla, desde papeletas hasta el Impuesto al Patrimonio Vehicular y el SOAT.

Si el comprador quiere hacer una compra segura y no adquirir un auto con órdenes de captura o papeletas, es recomendable acudir al SAT para verificar las papeletas y, adicionalmente, solicitar a las Sunarp el Certificado Registral Vehicular (anteriormente conocido como Certificado de Gravamen Vehicular) para comprobar la existencia de órdenes de captura. Así, verificará de todos los antecedentes legales del vehículo.

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