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El Poder Ejecutivo autorizó a EsSalud pagar 760 soles, de manera excepcional, a los trabajadores comprendidos en una suspensión perfecta de labores.

Esta Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus Covid-19” (PEPS) es otorgada por cada mes calendario vencido que dure la correspondiente medida de suspensión perfecta de labores, hasta por un máximo de tres meses.

SOLICITUD

El beneficio es concedido por el Seguro Social de SaludEsSalud por cada mes calendario vencido que dure la correspondiente medida de suspensión perfecta de labores, hasta por un periodo máximo de tres (3) meses.

Si el plazo de la duración de la suspensión perfecta de labores reporta una fracción menor a treinta (30) días calendario, se considera para el cálculo la proporción que corresponda. La denominada ‘Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19’ se otorga a solicitud de los trabajadores, quienes ingresan dicha solicitud de manera virtual en la plataforma VIVA EsSalud.

A tal efecto, los trabajadores deben indicar un Código de Cuenta Interbancario (CCI) que corresponda a una cuenta válida y activa en moneda nacional, no pudiendo corresponder a una cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios.

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La cuenta informada por el trabajador debe pertenecer a una entidad del sistema financiero nacional que participe en el sistema de transferencias interbancarias vía la Cámara de Compensación Electrónica (CCE).

Alternativamente, los trabajadores pueden autorizar que la prestación económica se abone a través de una cuenta de dinero electrónico, conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable y en las disposiciones de regulación y supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP para tal efecto.

Los gastos financieros por el uso de dichos mecanismos de pago son con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 3 del presente Decreto de Urgencia.

VENCIMIENTO

El derecho a solicitar la ‘Prestación Económica’ vence a los noventa (90) días calendario de terminada la suspensión perfecta de labores.

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