¿Cómo acceder al Bono de arrendamiento de S/500 para este 2024?
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento anunció que se aprobó una nueva convocatoria para otorgar el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) en varios distritos de las regiones Lima y Ayacucho.
De esta manera, se aprueba una sexta y séptima convocatoria para responder ante los impactos de los fenómenos climatológicos para que los afectados puedan alquilar un espacio, gracias al subsidio que se otorga con el Bono de arredramiento de S/500.
Esta medida beneficiará solo a 96 personas que han perdido sus hogares o cuyas viviendas fueron declaradas inhabitables frente a los deslizamientos reportados durante el primer semestre del año.
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El objetivo del bono de arrendamiento es facilitar la reubicación rápida de familias afectadas por emergencias, asegurando su acceso a una vivienda temporal.
En lo que va del año, se han realizado 8 convocatorias para atender a familias damnificadas por las lluvias en Piura, Cusco, Apurímac, Huánuco, Lima y Ayacucho; en tanto se alistan nuevas convocatorias para Loreto, Arequipa, Huánuco, Cusco y San Martín.
¿Qué distritos se verán beneficiados en el bono 2024?
En el departamento de Lima se ha considerado a cuatro distritos de dos provincias. Estas son:
San Martín de Porres (Lima Metropolitana)
- Lincha (Yauyos)
- Putinza (Yauyos)
- Huancaya (Yauyos)
Mientras que en el departamento de Ayacucho:
- Ayna (La Mar)
- Vilcanchos (Víctor Fajardo)
Estos son los distritos considerados por el Ministerio de Vivienda para el Bono de Arrendamiento
¿Cómo saber si soy beneficiario del bono de vivienda 2024?
Las personas que se verán beneficiadas serán las que se determinó que su vivienda se encuentra en un estado de colapso o inhabitable. Esta debe ser validada por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo.
El Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/500, la cual se entregará de manera mensual por un periodo máximo de dos años para los distritos de Lima y Ayacucho.
¿Qué documentos debo presentar para el bono de Vivienda?
Es importante que los potenciales beneficiarios, dentro del plazo máximo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación, deban presentar los siguientes documentos:
- Solicitud de otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias.
- Declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen (Lima o Ayacucho).
- El contrato de alquiler de la vivienda, el cual debe tener la firma de quien cede el inmueble y quien lo ocupa, suscrito y legalizadas ante notario público.
- La declaración jurada de los suscribientes del contrato, donde se detalle el impedimento económico para la legalización de firmas.
En este caso, serán los gobiernos locales los encargados del procedimiento para identificar y verificar las viviendas que son consideradas con daños estructurales severos. Luego, gestionan el apoyo económico a través del ministerio para ofrecer una solución temporal.
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