BONOS: HAY INCENTIVOS SI TE PASASTE DE LA ONP A LA AFP

Si tienes como fondo de pensión a una AFP, pero anteriormente aportaste al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), puedes optar por estos bonos complementarios que brinda el Estado, según el Decreto Ley N°1990. Su objetivo es igualar los beneficios económicos que hubieras recibido de permanecer en el sistema público.

Este servicio está disponible de forma permanente. Además, si cumples con los requisitos legales, puedes acceder a más de un bono. Existen 3 tipos de bonos complementarios:

1- Bono Complementario de Jubilación Adelantada (BCJA)

Si te afiliaste a una AFP antes del 2 de enero de 2002 y en ese momento cumplías con las condiciones para jubilarte de manera adelantada en el SNP, es decir, si eres mujer, tenías 50 años y 25 años (300 unidades de aporte) y si eres hombre, 55 años y 30 años de aporte (360 unidades de aporte), entonces este bono aplica para ti.

Permite recibir el mismo valor de la pensión de jubilación adelantada en el SNP. La cual no puede ser cubierta por tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de AFP, encargada de registrar tus aportes de todos los meses, así como la rentabilidad generada para ti.

2- Bono Complementario de Pensión Mínima (BCPM)

¿Estás afiliado a una AFP y pertenecías al SNP cuando se crearon las AFP? Tú podrías recibir una pensión equivalente, en términos anuales, a la pensión mínima de la ONP. Esto gracias al compromiso que asumió el Estado a fin de completar la parte de la pensión que no se puede cubrir con el dinero de tu capital individual en una AFP.

Este bono iguala la pensión al monto mínimo que hubieras recibido de permanecer en el SNP, y que no puede ser cubierta por tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de AFP. Este beneficio incluye los aportes que están en cobranza y el Bono de Reconocimiento Complementario (BRC), si se te hubiera concedido.

3- Bono de Reconocimiento Complementario (BRC)

Este bono es para ti si te afiliaste a una AFP antes del 1 de enero de 2003, si accediste en ese momento a la jubilación anticipada para trabajadoras/es de riesgo y si hiciste directamente trabajos pesados en alguna de estas actividades:

– Extracción minera subterránea.

– Extracción minera a tajo abierto.

– En centros de producción mineros, metalúrgicos y siderúrgicos expuestos a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad.

– Construcción civil.

Mejora la pensión de los trabajadores del sector minería y construcción civil, que laboraron en actividades que comprometen su vida o salud.

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