FF.AA. Y PNP: GRAN TRIUNFO DE PENSIONISTAS

El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundado la demanda de inconstitucionalidad que presentó el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, contra la Ley 30683, la cual señala el derecho de militares y policías en el sentido de que los grados y pensiones deben ser equivalentes.

En la sesión de Pleno del TC, de fecha 28 de septiembre de 2021, se reunieron los magistrados Ledesma Narváez, Ferrero Costa, Miranda Canales, Blume Fortini, Sardón de Taboada y Espinosa-Saldaña Barrera a efectos de pronunciarse sobre la demanda de inconstitucionalidad que dio origen al Expediente 00002-2018-PI/TC.

Al momento de votar, estas fueron las decisiones: los magistrados Ledesma, Ferrero, Miranda y Espinosa-Saldaña votaron por declarar fundada la demanda.

Sin embargo, los magistrados Blume y Sardón votaron por declarar infundada la demanda. Estando a la votación descrita, y al no haberse alcanzado cinco votos conformes para declarar la inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada, corresponde declarar infundada la demanda.

LA LEY

Como se recuerda, la Ley 30683 modifica la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1133, Decreto Legislativo para el ordenamiento definitivo del régimen de pensiones del personal militar y policial.

La misma señala que: “SEGUNDA.- De la pensión actual en el régimen del Decreto Ley 19846. Los pensionistas del régimen de pensiones del Decreto Ley 19846, perciben como pensión un monto equivalente a la remuneración consolidada que se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, según el grado remunerativo en base al cual perciben su pensión de conformidad con los artículos 5, 10, 39 y 41 del Decreto Ley 19846 y sus normas modificatorias y complementarias”.

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